martes, septiembre 19, 2006

Niñas, Niños y Jóvenes: “Titulares de Derechos”

Adriana Vallejo de la Pava
La Tarde, martes 19 de septiembre de 2006


El nuevo Código de la Infancia y de la Adolescencia, que aprobó recientemente el Congreso de la República, introduce varios cambios que demandan una nueva institucionalidad capaz de garantizar efectivamente los derechos de los niños y de los adolescentes.

Los cambios buscan: proteger integralmente a este grupo de la población, a través del Sistema Nacional de Bienestar Familiar. Crear un sistema de responsabilidad penal especial para los adolescentes. Reconocer la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, promulgada en 1989. Endurecer las penas contra los agresores de los niños y los adolescentes y eliminar los beneficios en casos de maltrato. Reestablecer los derechos y reparar los daños contra la integridad personal de los niños, niñas o adolescentes (daño físico sexual o psicológico).

Garantizar el debido proceso a los jóvenes. Poner en conocimiento de la opinión pública los nombres y las fotos de los agresores de las niñas o los niños. Obligar a las clínicas y hospitales a atender a todos los niños y los adolescentes de los niveles 1, 2, y 3 del Sistema de Selección de Beneficiarios (SISBEN). Vigilar el funcionamiento de las casas de adopción. Establecer políticas departamentales y municipales contra el trabajo infantil.

El nuevo código no garantiza derechos fundamentales de los niños y los adolescentes: el derecho a la educación y el derecho a la salud. A pesar de que el tema se planteó durante las discusiones en el Congreso, el Estado Colombiano no quedó obligado a garantizar el derecho a la educación hasta terminar la secundaria. Tampoco se aceptó la propuesta de cubrir por parte del Estado costos de educación como: pago de uniformes, transporte y útiles escolares. El ejercicio del derecho a la salud también siguió condicionado al (SISBEN).

La nueva ley transfiere a los municipios, distritos y departamentos el diseño, ejecución y evaluación de las políticas públicas de infancia y adolescencia, de acuerdo con los lineamientos técnicos del Departamento Nacional de Planeación (DNP). Se trasladan competencias del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar a los entes territoriales y se aumentan las responsabilidades de instituciones locales como las comisarías de familia. Resulta positivo que los municipios asuman el papel que les corresponde frente a la política de los niños y los adolescentes. No era lógico mantener un esquema centralizado donde una alcaldesa o un alcalde no tenían la competencia para proteger los niños en su propia ciudad.

No obstante, varias inquietudes sobre la institucionalidad local no fueron resultas durante los debates: ¿cómo se va a garantizar el financiamiento del Nuevo Sistema Nacional de Bienestar Familiar?, ¿qué porcentaje de los recursos que hoy maneja el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar van a manejar los municipios?, ¿se va a cometer el error de enviarle recursos a las gobernaciones de los departamentos para dispersar los recursos en los entes territoriales?, o ¿las gobernaciones van servir de entes articuladores de las políticas públicas?, ¿cómo pueden responder los municipios adecuadamente por las nuevas responsabilidades, sino pueden contratar personal calificado y competente para asumirlas, porque la ley 617 no se los permite?

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