martes, julio 07, 2015

" Morir Dignamente"

El caso del padre de Matador, primero al cual se le aplica la eutanasia en Colombia, despierta varias reflexiones, algunas producto de las intervenciones de diferentes actores en los medios de comunicación y otras como resultado de la primera aplicación de la reglamentación expedida en abril, por parte del Ministerio de Salud, la cual en su momento celebramos y valoramos como un importante avance en el reconocimiento del derecho a "morir dignamente".

Hace 18 años la Corte Constitucional había despenalizado la muerte por piedad. La Constitución Política de Colombia de 1991, reconoció el derecho a "morir dignamente", que en últimas es igual al derecho a vivir. No hay una muerte en últimas digna, lo indigno es prolongar la existencia en condiciones de dolor y sin esperanza alguna de recuperación.

Nuevamente alrededor de los derechos fundamentales surgen posiciones respetables, pero mediadas por principios religiosos, según los cuales, el hombre no puede dar por terminada su vida aún si la misma, por causa del dolor, esta condenada a un constante sufrimiento.

Bajo esos mismos principios resulta contradictoria la posición de quienes consideran que se debe utilizar la medicina y todas sus técnicas para prolongar la vida de un paciente que no tiene esperanza de recuperación, como ocurre con los paciente que quedan en coma por muchos años, sino se puede terminar la vida tampoco se podría prolongar.

Lo anterior nos lleva a la reflexión sobre la reglamentación del Ministerio de Salud sobre el derecho a "morir dignamente", que en términos generales representa un gran avance. No obstante, tiene razón el exmagistrado de la Corte Suprema, Jaime Arrubla, cuando afirma que la creación del Comité del Tribunal Científico, para avalar el procedimiento de la eutanasia, demostró ser un obstáculo.

La voluntad del paciente y el criterio del médico deberían ser suficientes, sin embargo, ahora esa voluntad y el criterio objetivo del médico quedan relegados a un segundo plano y es el Tribunal Científico quien define. Si el tribunal lo hace, con criterios eminentemente científicos, no habría problema para garantizar el derecho a "morir dignamente", pero no se sabe si las mayorías que integren el tribunal, interpreten la realidad a partir de principios eminentemente religiosos y por ende, llenos de prejuicios.

Por último, el miedo de los médicos a asumir las consecuencias jurídicas de una decisión no puede estar por encima de la responsabilidad de reconocer el sufrimiento del paciente y su voluntad a "morir dignamente"






-- Desde Mi iPad