viernes, marzo 04, 2005

Obras de cemento: ¿cambió el discurso?

Adriana Vallejo de la Pava
La Tarde, martes 22 de febrero de 2005

La ley 388, en su artículo 18, establece los programas de ejecución, en los cuales: "se define con carácter obligatorio, las actuaciones previstas en el plan de ordenamiento, que serán ejecutadas durante el período de la correspondiente administración municipal o distrital, de acuerdo con lo definido en el correspondiente plan de desarrollo, señalando las prioridades, la programación de actividades, las entidades responsables y los recursos respectivos". Por ejemplo, en el primer programa de ejecución se encontraba, entre otros, la construcción de la sede del Concejo y en el de la administración anterior Ciudad Victoria.

La norma busca la articulación de los planes de desarrollo y los planes de ordenamiento (POT), es decir, que las obras físicas sean coherentes con el modelo de territorio establecido en los planes de ordenamiento. Adicionalmente, el programa de ejecución es una fuente de información muy importante, pues, desde el inicio de una administración, los ciudadanos pueden conocer las obras que se van a realizar en su ciudad durante cada período de gobierno. Al convertirse la información en pública, la ley también pretende que ella no tenga el carácter de privilegiada y que unos pocos puedan comprar terrenos para ser revendidos después al municipio o simplemente para valorizarlos.

En el mismo artículo se dice: "el programa de ejecución se integrará al plan de inversiones, de tal manera que conjuntamente con éste será puesto a consideración del Concejo por el alcalde, y su vigencia se ajustará a los períodos de las administraciones municipales". La programación de las obras debe estar acorde con el plan de inversiones que a su vez debe soportarse en el flujo de caja del municipio. También deben estar en el programa de ejecución los proyectos de infraestructura de transporte, de servicios públicos y de vivienda, incluyendo la localización de los terrenos para éstos últimos.

Seguramente nadie se había preguntado por el programa de ejecución de la actual administración porque el programa de gobierno decía: "dejaremos a un lado las promesas de hacer grandes avenidas, obras faraónicas, grandes centros administrativos, de seguir reconstruyendo palacios municipales y palacios nacionales y nos dedicaremos durante los próximos a cuatro años a pensar y trabajar sobre la base social de Pereira corriendo el riesgo de que al final de nuestra gestión de gobierno, los ciudadanos y ciudadanas de Pereira lleguen a decir que no se hizo nada porque no hay nuevas avenidas o nuevos viaductos.."

Como cambió el discurso y hoy que se encuentra en discusión un proyecto de acuerdo con obras físicas por más de $ 60.000 millones de pesos financiadas con el cobro de la "valorización", adquiere importancia el análisis del programa de ejecución de los cuatro años de la actual administración. Análisis que deberá llegar al alcance que la ley pretende, es decir, en relación con su prioridad de acuerdo con el POT, en sus posibilidades financieras, considerando la caída en los recaudos del impuesto predial durante el año 2004 y en la relación costo beneficio de las obras, por ejemplo, muchos son los beneficiarios de la continuación del Parque Lineal Egoyá, pero, pocos los de la vía que conduce a La Salle.


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¿Por qué se intoxicaron más de 60 niños en los restaurantes escolares? ¿Cuáles son los cambios en el programa de nutrición de la alcaldía de Pereira? La información registrada en La Tarde el día sábado 19 de febrero no puede quedarse en simple anécdota.

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